(Colaboración de: Impuestum)
Sociedad Anónima: Es aquélla que existe bajo una denominación social y se compone exclusivamente de socios, cuya obligación se limita al pago de sus acciones.
Sociedad en Nombre Colectivo: Existe bajo una razón social y en la que todos los socios responden solidaria y subsidiariamente a las obligaciones sociales.
Comandita Simple: Es la que existe bajo una razón social y se compone de uno o varios socios comanditados que responden de manera solidaria y subsidiaria.
Comandita por Acciones: Se compone de uno o varios socios comanditados que responden solidaria y subsidiaria a las obligaciones sociales y de uno o varios comanditarios que únicamente están obligados al pago de sus acciones.
Sociedad de Responsabilidad Limitada: Se constituye entre socios que sólo se obligan al pago de sus aportaciones sin que las partes sociales puedan estar representadas por títulos negociables, a la orden o al portador.
Sociedad Cooperativa: Es una forma de organización social integrada por personas físicas con base en intereses comunes, principio de solidaridad y mutuo empeño esfuerzo propio y ayuda mutua.
Asociación en Participación: Es un contrato por el cual una persona concede a otras que le aportan bienes o servicios una participación en las utilidades y en las pérdidas de una negociación mercantil o de una o varias operaciones de comercio.
S. DE R. L. MI: La Sociedad de Responsabilidad limitada microindustrial es donde mexicanos crean una empresa microindustrial bajo el esquema de una SRL.
S. DE R. L. ART: Tratándose de personas morales que se dediquen a la producción de artesanías, se crea una sociedad de responsabilidad limitada.
Asociación Civil: Varios individuos convinieren en reunirse, de manera que no sea enteramente transitoria, para realizar un fin común que no esté prohibido por la ley y que no tenga carácter preponderantemente económico, constituyen una asociación.

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